CJ ADOPTA MEDIDAS FRENTE AL ESTADO DE EXCEPCIÓN DISPUESTO MEDIANTE DECRETO EJECUTIVO 1291
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CJ ADOPTA MEDIDAS FRENTE AL ESTADO DE EXCEPCIÓN DISPUESTO MEDIANTE DECRETO EJECUTIVO 1291

FACHADA DE DIRECCIÓN PROV Y CORTE COMUNICADO

La Dirección Provincial de Esmeraldas del Consejo de la Judicatura (CJ), en virtud de la autonomía de la Función Judicial, informa las siguientes medidas:

 

Ante la declaratoria de estado de excepción por calamidad pública, dispuesto por el Presidente de la República, mediante Decreto Ejecutivo 1291, para 16 provincias del Ecuador, el que entrará en vigencia desde las 20:00 del viernes 23 de abril hasta las 23:59 del 20 de mayo del 2021, el Pleno del CJ, en ejercicio de sus potestades constitucionales y legales, en la sesión extraordinaria No. 030-2021, de 23 de abril de 2021, resolvió que no habrá suspensión de los plazos y los términos en los procedimientos administrativos de competencia de este órgano. En lo que respecta a los procesos judiciales, corresponderá al Pleno de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) resolver si existe mérito o no para una suspensión en este sentido.

 

En las dependencias jurisdiccionales de la provincia, la atención será de 08h00 a 17h00, mientras el Pleno de la CNJ no disponga suspensión de plazos y términos. Las unidades que conocen infracciones flagrantes atenderán con normalidad, bajo estrictas medidas de bioseguridad, de acuerdo al Protocolo de Bioseguridad CJ COVID-19.

 

El CJ dispone que, mientras tenga vigencia el referido estado de excepción, en todas las dependencias administrativas de la Judicatura, se continúe priorizando la modalidad de teletrabajo. El aforo máximo en las instalaciones es del 30%; y, en los centros de arbitraje y mediación es del 50%. Así, se precautela la vida y la salud de usuarios y servidoras y servidores judiciales frente a la nueva ola de contagios de Covid-19.

 

Además, el CJ dispone la priorización de medios telemáticos para la realización de audiencias, recordando a la ciudadanía que la modalidad de estas debe ser ordenada por cada juez.

 

Los órganos auxiliares, como son las notarías, continuarán con la modalidad de atención presencial con aforo mínimo, de lunes a viernes de 08h00 a 13h00 previo el agendamiento de cita y de 13h00 a 17h00 se receptará la documentación para trámites requeridos en los despachos notariales.

 

El Pleno del CJ, a través de sus Direcciones Nacionales, tomará las medidas que sean necesarias y emitirá las directrices que correspondan, en atención a las disposiciones que emita el Pleno de la CNJ, en lo que concierna al ámbito jurisdiccional acerca del uso de la Ventanilla Virtual, la Oficina de Gestión Judicial Electrónica y el Sistema de Turnos Web.

 

La Ventanilla Única de atención y recepción de documentos atenderá en modalidad presencial de 08h00 a 17h00. Para la atención virtual de esta ventanilla puede escribir a los siguientes correos electrónicos: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla , para quejas por servicios notariales; Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla , para requerimientos de atención en las unidades administrativas y Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla , requerimientos de las áreas de archivo de las unidades judiciales.

 

El Consejo de la Judicatura establece estas medidas a fin de garantizar los derechos y precautelar la salud de las y los usuarios de la Función Judicial, e invita a utilizar de manera preferente las herramientas virtuales de atención.